Ésta es una pregunta recurrente en los clientes que vienen al despacho, ¿tengo que pagar la pensión de alimentos a hijos mayores de 18 años?

La mayoría de los clientes que vienen al despacho tienen la idea equivocada de que ésta termina cuando su hijo cumpla 18 años, pero esto no es así, ya que tiene matizaciones; a continuación te explicaremos hasta cuándo tienes que pagar la pensión de alimentos a tus hijos.

 

En la ley española, no aparece una regulación específica donde se diga que pasa con la pensión de alimentos a hijos mayores de 18 años; por lo que hay que estar al caso en particular para saber hasta cuándo el progenitor que no tiene la custodia de sus hijos, que casi siempre suele ser el padre, tiene que pagar la manutención a sus hijos.

Lo único que aparece en el Código Civil en su artículo 142, es lo siguiente:

«Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.

Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.

Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo».

 

 

  • En cuanto a la edad hasta cuando hay que pasar pensión de alimentos a los hijos, la edad mínima serán los 18 años y después hay que estar el caso en concreto si los hijos siguen estudiando y no reciben recursos económicos que le permitan subsistir por ellos mismos, habrá que pasar pensión de alimentos a hijos mayores de 18 años.

Uno de los grandes problemas que se plantean tras divorciarte o separarte es el tema económico y sobre todo el que respecta a la pensión de alimentos a hijos mayores de 18 años.

 

El padre y la madre tienen el deber de alimentar a sus hijos mientras estos estudien y carezcan de medios propios para su subsistencia, es decir, tendrás que pasar pensión de alimentos más allá de los 18 años hasta que tu hijo sea independiente económicamente hablando; pero esto también es matizable, cada vez es más frecuente que los hijos estudien más allá de los 18 años, ya que ésta es la edad en la que se entra en la Universidad o sigue con estudios profesionales, es por ello, por lo que no empiezan a trabajar como mínimo hasta los 22 o 23 años, ya que es complicado entrar en el mercado laboral sin formación previa. Pero una cosa es tener los estudios necesarios para poder entrar en el mercado laboral y otra cosa, hijos que pretenden que sus padres los mantengan con treinta y tantos años, ya que con esa edad, tendrían que plantearse compaginar estudios con tener un trabajo o simplemente hijos que ni estudian ni trabajan, los llamados «ni ni» y pretenden ser mantenidos por sus padres de forma perpetua.

 

En este caso, el progenitor obligado a pasar la pensión de alimentos, puede solicitar una modificación de medidas para extinguir su obligación de abonar la pensión de alimentos a hijos mayores de 18 años.

 

pensión de alimentos a hijos mayores de 18 años

 

  • Las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial dicen que en torno al  80 por ciento de los procedimientos contenciosos de separación o divorcio, están directamente relacionados con un desacuerdo entre las partes, con respecto a la pensión de alimentos a hijos mayores de 18 años.

En caso de que consideres que ya no tienes que seguir pagando la pensión de alimentos, lo primero que te aconsejamos es que te pongan en manos de un abogado especialista en Derecho de Familia para que te asesore y te diga si sigues obligado a seguir pasando la pensión de alimentos a  hijos mayores de 18 años o por el contrario, tu abogado puede ya acudir al juzgado para interponer una demanda para que cese tu obligación de pagar la pensión de alimentos a tu hijo, ya que una cosa es que tú porque quieras sigas pasándole dinero a tu hijo y otra tener que pasársela por obligación que puede llegar incluso a acarrearte problemas penales, ya que es un delito el impago de la pensión de alimentos, ya que no sabes si en algún momento porque tus circunstancias económicas o familiares cambien y no puedas hacer frente al pago de la misma.

 

Si sois padres, os habéis separado o vais a separaros de vuestra pareja y no sabéis si tenéis que pasar pensión de alimentos a hijos mayores de 18 años,  os invitamos a que os pongáis en contacto con Guardian Legal donde os responderemos a todas las dudas que tengáis  de manera gratuita y sin compromiso por vuestra parte, llamándo al 954 65 92 09 o pidiendo tu cita en https://www.guardian-legal.com/contacto/

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